Conoce nuestro procedimiento para solicitar tu reprogramación o refinanciamiento

DIFERIMIENTO, REPROGRAMACIÓN Y/O REFINANCIAMIENTO DE CRÉDITOS DIFERIDOS

A continuación, te brindamos toda la información acerca de la Circular «CC-ASFI No. 669/2021» del 14 de enero 2021, para que puedas solicitar la Reprogramación o Refinanciamiento de tu(s) crédito(s) que fue(ron) diferido(s) durante la gestión 2020.

¿QUÉ OPCIÓN ELEGIR?

REPROGRAMACIÓN

Si tu capacidad de pago ha sufrido deterioro y requieres realizar la modificación a las principales condiciones del crédito (cuota, plazo o forma de amortización), corresponde efectuar este trámite.

REFINANCIAMIENTO

Si requieres un monto adicional al crédito otorgado inicialmente, corresponde efectuar este trámite.

Ambas opciones, posibilitarán que puedas continuar honrando tu(s) deuda(s), de acuerdo con tus posibilidades de pago.

3 SIMPLES PASOS PARA SOLICITAR LA REPROGRAMACIÓN O EL REFINANCIAMIENTO

  1. Registra la información solicitada en el formulario de solicitud, al final de esta página; descarga, y envía este formulario a tu Oficial de Negocios por cualquier medio disponible.
  2. Tu Oficial de Negocios, te contactará para formalizar y ayudarte con la gestión del trámite.
  3. Al término de la Reprogramación o Refinanciamiento, debes pasar por nuestras Oficinas a firmar la adenda al contrato original.

PREGUNTAS FRECUENTES:

¿A quiénes beneficia?
Tiene carácter Universal, por cuanto favorece a todos los prestatarios de distintos sectores de la economía que fueron beneficiados con el diferimiento en la gestión pasada.

¿Qué pasa con las cuotas diferidas de la gestión 2020?
Estas se trasladan a la parte final del nuevo plan de pagos, después de la última cuota, sin generar ningún tipo de interés o carga financiera adicional, manteniendo invariables los importes de estas cuotas y preservando la periodicidad de pago.

¿Cómo podría reducir el monto de la cuota?
La Reprogramación permite el pago en un plazo mayor, por lo que reduce la cuota.

¿Qué sucede con la tasa de interés?
Para Reprogramación o refinanciamiento debe ser igual o menor a la de la operación original

¿Debo solicitar la prórroga de mi crédito?
No, al iniciar el trámite de la reprogramación o refinanciamiento, se inicia la prórroga, tiempo en el que no pagarás ni capital, ni interés, tampoco se modificará el estado de la deuda, ni la calificación del prestatario, hasta que se perfeccione la operación.

¿Qué es el período de gracia y a quiénes aplica?
Todos los clientes con créditos cuyas cuotas fueron diferidas y que soliciten la reprogramación o refinanciamiento, acceden a un periodo de gracia de 6 meses a capital e interés.

En este tiempo de periodo de gracia no pagarás ni capital, ni interés. Este interés se pagará a prorrata después de este tiempo, y sin cobro de interés adicional.

¿Para la reprogramación se considera el total de la deuda?
No, para la reprogramación se considera el capital No diferido, ya que lo diferido debe mantenerse invariable.

¿Debo cancelar los intereses diferidos antes de la reprogramación?
No, porque capital e interés diferido se trasladan después de la última cuota.

¿Se requieren garantías adicionales?
No se requerirán garantías adicionales a las constituidas ni la actualización de los avalúos presentados por el prestatario en la operación original.

¿Quién asume los costos de las minutas de las adendas y documentos adicionales?
Las EIF deben asumir los costos por las respectivas minutas de las adendas y documentos que emita.

FORMULARIO DE SOLICITUD: